(a) Internación en Clínicas Adheridas - Planes 500, 600 y derivados Atención programada con los profesionales del CEMIC. Internación clínica y/o quirúrgica hasta 30 días por año calendario por persona cubiertos 100%. Internación en Terapia Intensiva o Unidad Coronaria hasta 30 días por año calendario y por persona cubierta 100%. (a) Internación en forma mixta - Planes 500, 600 y derivados con profesionales ajenos al CEMIC queda a resolución de la Auditoria Médica (b) Sistema abierto - Plan 600 y derivados Reintegros de acuerdo a topes establecidos por año calendario y por persona. Afiliados entre los 0 y 39 años,reintegro del 70% del valor fijado. Cobertura Nacional (con límite, con activación anual) (c) Óptica (Beneficio a partir del 3er mes de afiliación) Un par de anteojos completos, sin cargo, cada 3 (tres) años. Los cristales pueden ser repuestos cada 2 años. Si lo prefiere, podrá optar por un par de lentes de contacto, pero no tendrá derecho a solicitar anteojos completos (s/normas). Por PMO inmediato. Aclaración del Cuadro de Beneficios (1) Sólo cubierto en el CEMIC o donde el CEMIC lo indique. (Según legislación) (2) Solo lo relacionado con el motivo de la internación. (3) Sólo cubierto en el CEMIC - Farmacia Institucional. (4) Reintegro 10% adicional en el CEMIC (Atención Afiliados). (5) Cubierto en la atención de Urgencia en el CEMIC o Sanatorios y centros contratados. (6) Con orden del médico Admisor, con límite, según PMO
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